Guardia Civil | Tema 19

Principios básicos de la ONU sobre empleo de la fuerza y armas de fuego por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (La Habana, 1990) y Código de Conducta del personal de la Guardia Civil (RD 176/2022), con sus valores, principios institucionales y normas de comportamiento.

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Deontología profesional: principios ONU sobre empleo de la fuerza y Código de Conducta de la Guardia Civil

La deontología profesional es uno de los temas centrales en la oposición de ingreso a la Guardia Civil. Abarca dos bloques normativos: los Principios Básicos de Naciones Unidas sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego (La Habana, 1990) y el Real Decreto 176/2022, que aprueba el Código de Conducta del personal de la Guardia Civil. Dominar ambos textos es imprescindible porque los exámenes preguntan sobre supuestos concretos de uso de la fuerza, valores del Cuerpo y obligaciones específicas de conducta.

Principios Básicos de la ONU sobre empleo de la fuerza (La Habana, 1990)

Estos principios fueron adoptados por el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente. Su finalidad es orientar a los Estados Miembros en la regulación del uso de la fuerza por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, expresión que incluye a todos los agentes de policía, autoridades militares con funciones policiales y fuerzas de seguridad del Estado.

Disposiciones generales

Los gobiernos y organismos encargados de hacer cumplir la ley tienen dos obligaciones básicas: adoptar y aplicar normas y reglamentaciones sobre empleo de la fuerza, y dotar a los funcionarios de la serie más amplia posible de métodos, armas y municiones, incluyendo armas incapacitantes no letales y equipo autoprotector (escudos, cascos, chalecos antibalas).

Los funcionarios utilizarán medios no violentos antes de recurrir a la fuerza. Solo podrán emplear la fuerza y armas de fuego cuando otros medios resulten ineficaces o no garanticen el resultado previsto. Ante un uso inevitable, deben actuar con moderación y proporcionalidad, reducir daños al mínimo, procurar asistencia médica inmediata y notificar a parientes o amigos íntimos de las personas afectadas.

Los gobiernos deben tipificar como delito el empleo arbitrario o abusivo de la fuerza. No caben circunstancias excepcionales (inestabilidad política, emergencia pública) para justificar el quebrantamiento de estos principios.

Disposiciones especiales: uso de armas de fuego

Los funcionarios no emplearán armas de fuego contra las personas salvo en defensa propia o de terceros, ante peligro inminente de muerte o lesiones graves, para evitar un delito particularmente grave que amenace la vida, o para detener a quien represente ese peligro y oponga resistencia. El uso intencional de armas letales solo es admisible cuando sea estrictamente inevitable para proteger una vida.

Antes de disparar, deben identificarse y dar una clara advertencia, con tiempo suficiente, salvo que esa advertencia ponga en peligro al propio funcionario o a terceros.

Reuniones ilícitas

Todas las personas tienen derecho a participar en reuniones lícitas y pacíficas. En reuniones ilícitas no violentas, los funcionarios evitarán el empleo de la fuerza o lo limitarán al mínimo. En reuniones violentas, podrán utilizar armas de fuego solo cuando no existan medios menos peligrosos, y se abstendrán de usarlas salvo en los supuestos del principio 9.

Personas bajo custodia o detenidas

Con detenidos, la fuerza solo se empleará para mantener la seguridad y el orden o cuando corra peligro la integridad física de las personas. Las armas de fuego solo se usarán en defensa propia, de terceros ante peligro inminente de muerte, o para impedir la fuga de quien presente un peligro grave.

Obediencia debida y responsabilidad

Los funcionarios no podrán alegar obediencia de órdenes superiores si la orden era manifiestamente ilícita y tuvieron oportunidad razonable de negarse. Los superiores que dieron órdenes ilícitas también serán responsables. No se impondrá sanción penal ni disciplinaria contra quien se niegue a ejecutar una orden ilícita de emplear la fuerza.

Real Decreto 176/2022: Código de Conducta de la Guardia Civil

El RD 176/2022, de 4 de marzo, aprueba el Código de Conducta que define los valores, principios y normas de comportamiento del personal del Cuerpo. Se aplica al personal sujeto al régimen de derechos y deberes y al alumnado de centros docentes de formación (Escala de Oficiales y Escala de Cabos y Guardias).

Valores fundamentales (Título I, Capítulo I)

El Código recoge nueve valores: honor (principal divisa y seña de identidad), integridad (rectitud, oposición a la corrupción), lealtad (recíproca entre superiores y subordinados), valor (acometer racional y resueltamente el peligro), sentido de la justicia (objetividad, ecuanimidad), imparcialidad y neutralidad, responsabilidad personal y directa, dignidad y espíritu de sacrificio (anteponer el bien común).

Principios institucionales (Título I, Capítulo II)

Incluyen la defensa de la Constitución con lealtad al Rey, el respeto a los derechos fundamentales y libertades públicas, la igualdad y no discriminación, la neutralidad ideológica y política, la jerarquía, la disciplina (factor de cohesión), la subordinación (con abstención ante órdenes manifiestamente constitutivas de delito), el respeto a la pluralidad cultural, la formación y competencia profesional, la cooperación, el prestigio, el espíritu benemérito, el espíritu de Cuerpo y compañerismo, y el respeto por la historia y tradiciones.

Normas de comportamiento (Título II)

Las normas generales regulan la disponibilidad permanente, la serenidad siguiendo los principios de oportunidad, congruencia y proporcionalidad, la eficacia en la gestión de recursos, el deber de reserva y secreto, la corrección en el uso del uniforme, la sostenibilidad medioambiental, la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, el saludo militar y el cuidado de la salud física y mental.

Durante la prestación del servicio, el Código regula las relaciones con la ciudadanía (cortesía y auxilio), el empleo de la fuerza (la persuasión como primera arma, uso gradual conforme a congruencia, oportunidad y proporcionalidad), el trato a víctimas y colectivos vulnerables, el trato respetuoso a detenidos, la obligación de identificación, el liderazgo ejemplar de los mandos y la conciencia informativa en investigaciones sujetas al principio de legalidad y control judicial.

El Decálogo de la Guardia Civil

El anexo al Código recoge diez puntos que sintetizan la identidad institucional. El primero es el honor ("una vez perdido, no se recobra jamás") y el décimo la serenidad y empleo de la fuerza ("prudente sin debilidad y firme sin violencia"). Entre ambos: defensa de España y la Constitución, dignidad, respeto a derechos y libertades, integridad, vocación de servicio, espíritu benemérito, lealtad y espíritu de cuerpo, y disciplina.

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Así te lo pueden preguntar

¿En qué supuestos concretos permite el principio 9 de la ONU el uso de armas de fuego contra personas?

En defensa propia o de terceros, ante peligro inminente de muerte o lesiones graves, para evitar un delito particularmente grave que amenace la vida, o para detener a quien represente ese peligro y oponga resistencia o impedir su fuga, siempre que medidas menos extremas resulten insuficientes. El uso intencional de armas letales solo se admite cuando sea estrictamente inevitable para proteger una vida.

¿Qué diferencia establece el RD 176/2022 entre el deber de reserva y el deber de secreto?

El deber de reserva es el sigilo o discreción sobre todo lo que el personal conozca con ocasión o por razón de sus funciones. El deber de secreto se refiere específicamente a asuntos, actos, documentos, informaciones, datos u objetos cuyo conocimiento por personas no autorizadas pueda dañar la labor policial, a cualquier ciudadano o la seguridad y defensa del Estado.

¿Puede un guardia civil negarse a cumplir una orden y quedar exento de sanción?

Sí. Según el artículo 16.2 del Código de Conducta, si las órdenes entrañan actos que manifiestamente constituyan delito o sean contrarios a la Constitución o las leyes, los miembros de la Guardia Civil se abstendrán de obedecerlas. Además, los Principios de la ONU (principio 24) y el propio Código garantizan que no se imponga sanción penal ni disciplinaria contra quien se niegue a ejecutar una orden ilícita de emplear la fuerza.

¿A quién se aplica el Código de Conducta del RD 176/2022?

Se aplica a dos colectivos: el personal de la Guardia Civil sujeto al régimen de derechos y deberes del Cuerpo, y el alumnado de los centros docentes de formación para la incorporación por acceso directo a la Escala de Oficiales y a la Escala de Cabos y Guardias. No se limita al personal en activo, sino que incluye expresamente a quienes están en fase de formación.

SIMULACROS Y PRÁCTICA

Esto es solo un extracto. El temario completo incluye simulacros, pódcasts y herramientas interactivas.

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