Administrativos del Estado | Tema 26

Requisitos de acceso al empleo público, sistemas selectivos, adquisición y pérdida de la condición de funcionario de carrera, y situaciones administrativas reguladas en el TREBEP con sus supuestos y efectos.

Ver el temario completo

Adquisición y pérdida de la condición de funcionario: TREBEP y situaciones administrativas

Este tema concentra una parte sustancial de las preguntas de empleo público en las oposiciones de Administrativos del Estado. Aparece de forma recurrente en los exámenes tipo test, donde se preguntan requisitos de acceso, causas de pérdida, tipos de excedencia y efectos de cada situación administrativa. Dominar los matices (plazos, reservas de puesto, cómputo de tiempo) marca la diferencia en el examen.

Requisitos generales de acceso al empleo público

Para participar en los procesos selectivos se exigen cinco requisitos básicos: nacionalidad española (con excepciones), capacidad funcional para las tareas, tener cumplidos dieciséis años sin exceder la edad de jubilación forzosa, no haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario ni hallarse inhabilitado, y poseer la titulación exigida.

Los nacionales de Estados miembros de la UE acceden en igualdad de condiciones que los españoles, salvo a empleos que impliquen ejercicio del poder público o salvaguardia de intereses del Estado. Esta misma previsión se extiende al cónyuge de españoles y de nacionales UE (no separados de derecho), a sus descendientes menores de veintiún años y a los mayores dependientes.

Los extranjeros con residencia legal en España pueden acceder como personal laboral, nunca como funcionarios, salvo que una ley exima del requisito de nacionalidad por razones de interés general.

Personas con discapacidad

Se reserva un cupo no inferior al 7% de las vacantes en cada oferta de empleo público. De ese porcentaje, al menos el 2% se destina a discapacidad intelectual y el resto a cualquier otro tipo. El objetivo progresivo es alcanzar el 2% de los efectivos totales de cada Administración.

Sistemas selectivos y órganos de selección

Para funcionarios de carrera los sistemas son oposición y concurso-oposición. Solo por ley, con carácter excepcional, cabe el concurso puro (valoración exclusiva de méritos). Para personal laboral fijo se admiten los tres sistemas sin esa excepcionalidad.

Los órganos de selección son colegiados, se rigen por imparcialidad y profesionalidad, y tienden a la paridad de género. No pueden formar parte de ellos el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos ni el personal eventual. La pertenencia es siempre a título individual.

Entre ejercicios debe transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales. El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales desde la publicación de la convocatoria en el BOE.

Adquisición de la condición de funcionario de carrera

Se adquiere mediante el cumplimiento sucesivo de cuatro pasos: superación del proceso selectivo, nombramiento publicado en el Diario Oficial, acto de acatamiento de la Constitución (y, en su caso, del Estatuto de Autonomía) y toma de posesión en plazo.

Quien no acredite los requisitos de la convocatoria tras superar el proceso selectivo no podrá ser nombrado, quedando sin efecto todas sus actuaciones.

Causas de pérdida de la condición de funcionario

El TREBEP enumera cinco causas tasadas:

  • Renuncia voluntaria: por escrito, requiere aceptación expresa de la Administración. No se acepta si hay expediente disciplinario abierto o auto de procesamiento. No inhabilita para un futuro reingreso por selección.
  • Pérdida de la nacionalidad: salvo que simultáneamente se adquiera la de otro Estado miembro UE o asimilado por tratado.
  • Jubilación total: voluntaria (si reúne requisitos del régimen de Seguridad Social), forzosa (a los 65 años, con posibilidad de prolongación hasta los 70 previa resolución motivada) o por incapacidad permanente.
  • Separación del servicio: sanción disciplinaria firme.
  • Inhabilitación absoluta o especial: pena firme. La absoluta afecta a todos los empleos; la especial, solo a los señalados en la sentencia.

Rehabilitación

Cuando la pérdida derive de pérdida de nacionalidad o jubilación por incapacidad permanente, desaparecida la causa, el interesado puede solicitar rehabilitación y se le concederá. Si la pérdida proviene de condena de inhabilitación, los órganos de gobierno pueden concederla con carácter excepcional; el silencio es desestimatorio.

Servicio activo

Situación general: el funcionario presta servicios en su condición como tal, en cualquier Administración u organismo público, y no le corresponde otra situación. Goza de todos los derechos y queda sujeto a todos los deberes y responsabilidades.

Servicios especiales

Supuestos principales: miembros del Gobierno o de gobiernos autonómicos, altos cargos, Diputados y Senadores con retribuciones periódicas, miembros de instituciones UE, cargos electivos locales retribuidos y de dedicación exclusiva, personal eventual de confianza política, reservistas voluntarios en las Fuerzas Armadas, entre otros.

El funcionario en servicios especiales percibe las retribuciones del cargo, no las de funcionario, pero conserva el derecho a los trienios reconocidos. El tiempo computa a efectos de ascensos, trienios, promoción interna y Seguridad Social. Al cesar, tiene derecho a reingresar en la misma localidad con las retribuciones correspondientes a su carrera consolidada.

Servicio en otras Administraciones Públicas

Aplica a funcionarios que obtienen destino en otra Administración por transferencia o provisión. Se rigen por la legislación de la Administración de destino efectivo, pero conservan su condición en la de origen y el derecho a participar en convocatorias de provisión de esta última. El tiempo de servicio computa como servicio activo en su cuerpo o escala de origen.

Excedencia voluntaria por interés particular

Exige un mínimo de cinco años de servicios efectivos inmediatamente anteriores. Su concesión queda subordinada a las necesidades del servicio y no procede si hay expediente disciplinario. El excedente no percibe retribuciones ni le computa el tiempo a ningún efecto (ascensos, trienios, Seguridad Social).

Excedencia por cuidado de familiares

Duración máxima de tres años por cada hijo (natural, adoptado, en guarda con fines de adopción o acogimiento permanente) o por familiar dependiente hasta el segundo grado. El puesto se reserva al menos dos años; después, la reserva es a un puesto de la misma localidad e igual retribución. El tiempo computa a efectos de trienios, carrera y Seguridad Social.

Excedencia por violencia de género y violencia terrorista

Violencia de género: sin tiempo mínimo de servicios previos ni plazo de permanencia. Reserva de puesto durante seis meses, prorrogables por periodos de tres meses hasta un máximo de dieciocho. Los dos primeros meses se perciben retribuciones íntegras.

Violencia terrorista: mismas condiciones que la anterior, previa acreditación del Ministerio del Interior o sentencia firme.

Suspensión de funciones

El funcionario suspendido queda privado del ejercicio de funciones y de todos los derechos inherentes. La suspensión determina la pérdida del puesto cuando exceda de seis meses. La suspensión firme por sanción disciplinaria no puede superar los seis años. Puede acordarse con carácter provisional durante la tramitación de un procedimiento judicial o expediente disciplinario; en este último caso, no puede exceder de seis meses salvo paralización imputable al interesado.

El suspenso provisional percibe el 75% del sueldo, trienios y pagas extraordinarias. Si la suspensión no deviene firme, el tiempo se computa como servicio activo y procede la incorporación inmediata con reconocimiento de todos los derechos económicos.

GUÍA DE ESTUDIO COMPLETA

Así te lo pueden preguntar

¿Puede un funcionario interino formar parte de un órgano de selección según el TREBEP?

No. El TREBEP excluye expresamente a los funcionarios interinos, junto con el personal de elección o designación política y el personal eventual. Solo pueden integrar los órganos de selección personas que actúen a título individual, con carácter profesional e imparcial.

¿Cuánto tiempo se reserva el puesto de trabajo en la excedencia por cuidado de familiares y qué ocurre después?

Se reserva el puesto concreto durante los dos primeros años. Transcurrido ese periodo, la reserva pasa a ser sobre un puesto en la misma localidad y de igual retribución, no necesariamente el mismo. El periodo máximo total de la excedencia es de tres años por cada sujeto causante.

¿En qué se diferencian la inhabilitación absoluta y la especial como causas de pérdida de la condición de funcionario?

La inhabilitación absoluta firme produce la pérdida respecto a todos los empleos o cargos que tuviera el funcionario. La inhabilitación especial firme solo afecta a los empleos o cargos especificados en la sentencia. Además, la rehabilitación tras inhabilitación tiene carácter excepcional y discrecional (silencio negativo), mientras que tras pérdida de nacionalidad o jubilación por incapacidad se concede automáticamente si desaparece la causa.

¿Qué retribuciones percibe un funcionario en situación de suspensión provisional de funciones?

Percibe el 75% de su sueldo, trienios y pagas extraordinarias, más la totalidad de la prestación por hijo a cargo. Pierde toda retribución si la paralización del expediente es imputable a él o si no comparece en el procedimiento disciplinario o penal.

SIMULACROS Y PRÁCTICA

Esto es solo un extracto. El temario completo incluye simulacros, pódcasts y herramientas interactivas.

Ver el temario completo

Empieza ya con Algor

Transforma tus materiales en recorridos de aprendizaje estructurados, visuales y personalizados.

Prueba Algor gratis