CNP Escala Básica | Tema 3

Análisis de los Títulos II a X de la Constitución Española: la Corona, las Cortes Generales, el Gobierno, el Poder Judicial, la organización territorial, el Tribunal Constitucional y la reforma constitucional.

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La Constitución Española (II): de la Corona a la reforma constitucional

Este bloque abarca los Títulos II a X de la Constitución de 1978 y recoge la estructura institucional del Estado español. Es uno de los temas más preguntados en las oposiciones a Escala Básica de Policía Nacional por la cantidad de datos numéricos, plazos y mayorías que contiene.

La Corona

El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia. Arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones y asume la más alta representación en las relaciones internacionales. Su título es el de Rey de España.

La persona del Rey goza de tres prerrogativas: inviolabilidad (no puede ser perseguido ni demandado), irresponsabilidad penal en sus actos institucionales y refrendo obligatorio de sus actos por el Presidente del Gobierno o los Ministros competentes. Sin refrendo, los actos carecen de validez, salvo el nombramiento de los miembros de la Casa Real y la distribución de su presupuesto.

Sucesión y Regencia

La Corona es hereditaria en los sucesores de Juan Carlos I. El orden sucesorio sigue la primogenitura y representación: línea anterior sobre posteriores, grado más próximo sobre el más remoto, varón sobre mujer en el mismo grado, y mayor edad sobre menor en el mismo sexo. El Príncipe heredero ostenta la dignidad de Príncipe de Asturias.

Las abdicaciones, renuncias y dudas sucesorias se resuelven por ley orgánica. Quien contraiga matrimonio contra la prohibición expresa del Rey y de las Cortes queda excluido de la sucesión, junto con sus descendientes.

La Regencia opera cuando el Rey es menor de edad o está inhabilitado. El regente debe ser español y mayor de edad. Si no hay persona a quien corresponda, las Cortes nombran una Regencia de 1, 3 o 5 personas. El tutor del Rey menor debe ser mayor de edad y español de nacimiento; salvo que sea ascendiente directo, no puede acumular los cargos de tutor y regente.

Funciones del Rey

Sancionar y promulgar leyes, convocar y disolver las Cortes, convocar referéndum, proponer y nombrar al Presidente del Gobierno, el mando supremo de las Fuerzas Armadas, ejercer el derecho de gracia (sin poder autorizar indultos generales) y el Alto Patronazgo de las Reales Academias, entre otras.

Las Cortes Generales

Las Cortes Generales representan al pueblo español y son bicamerales: Congreso de los Diputados y Senado. Ejercen la potestad legislativa, aprueban los Presupuestos y controlan la acción del Gobierno. Son inviolables. El bicameralismo es imperfecto porque el Congreso tiene mayor peso constitucional.

El Congreso se compone de entre 300 y 400 Diputados (actualmente 350), elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto. La circunscripción electoral es la provincia, con sistema proporcional. Mandato de 4 años. Las elecciones se celebran entre 30 y 60 días desde la terminación del mandato.

El Senado es la Cámara de representación territorial: 4 senadores por provincia, 3 por isla mayor, 1 por isla menor, 2 por Ceuta y 2 por Melilla. Las Comunidades Autónomas designan 1 senador más otro por cada millón de habitantes.

Prerrogativas parlamentarias

Los Diputados y Senadores gozan de inviolabilidad por sus opiniones en ejercicio del cargo, inmunidad (solo detenidos en flagrante delito; necesitan suplicatorio para ser procesados) y aforamiento ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. No están ligados por mandato imperativo.

Las Cámaras tienen dos periodos ordinarios de sesiones: septiembre a diciembre y febrero a junio. Pueden reunirse en sesiones extraordinarias a petición del Gobierno, la Diputación Permanente o la mayoría absoluta de los miembros de cualquiera de las Cámaras. Cada Diputación Permanente cuenta con un mínimo de 21 miembros.

Del Gobierno y la Administración

El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria. Se compone del Presidente, los Vicepresidentes (en su caso), los Ministros y los demás miembros que establezca la ley.

El proceso de investidura parte de la propuesta del Rey, previa consulta con los grupos parlamentarios. El candidato necesita mayoría absoluta del Congreso en primera votación o mayoría simple 48 horas después. Si en 2 meses ningún candidato obtiene la confianza, el Rey disuelve ambas Cámaras.

La Administración Pública actúa con objetividad y se rige por los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación. El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno.

Relaciones Gobierno-Cortes: confianza y censura

La cuestión de confianza la plantea el Presidente del Gobierno ante el Congreso, previa deliberación del Consejo de Ministros. Se otorga por mayoría simple. Si se deniega, el Gobierno dimite.

La moción de censura la propone al menos 1/10 de los Diputados (35) e incluye un candidato alternativo. Se aprueba por mayoría absoluta del Congreso. No puede votarse hasta 5 días después de su presentación. Si prospera, el Gobierno dimite y el candidato incluido queda investido. Si fracasa, los firmantes no pueden presentar otra en el mismo periodo de sesiones.

El Poder Judicial

La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados, que son independientes, inamovibles, responsables y sometidos al imperio de la ley. Se prohíben los tribunales de excepción.

El Tribunal Supremo es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo en materia de garantías constitucionales. El Consejo General del Poder Judicial es su órgano de gobierno: 20 vocales más el Presidente del Tribunal Supremo, nombrados por el Rey por 5 años.

El Fiscal General del Estado es nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído el CGPJ. El Ministerio Fiscal actúa bajo los principios de unidad de actuación, dependencia jerárquica, legalidad e imparcialidad.

La organización territorial del Estado

El Estado se organiza en municipios, provincias y Comunidades Autónomas. La Constitución garantiza la autonomía municipal. La provincia es una entidad local cuya alteración de límites requiere ley orgánica. En los archipiélagos, las islas se administran mediante Cabildos (Canarias) o Consejos (Baleares).

Las CCAA pueden asumir las competencias del artículo 148, ampliándolas tras 5 años. Las materias no atribuidas expresamente al Estado pueden corresponder a las CCAA por sus Estatutos; las no asumidas corresponden al Estado. El artículo 155 permite al Gobierno, con mayoría absoluta del Senado, obligar a una Comunidad Autónoma al cumplimiento de sus obligaciones.

El Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional es el intérprete supremo de la Constitución. No forma parte del Poder Judicial. Se compone de 12 miembros nombrados por el Rey por 9 años, renovándose por tercios cada 3: 4 a propuesta del Congreso, 4 del Senado, 2 del Gobierno y 2 del CGPJ. Su Presidente es nombrado por el Rey a propuesta del Tribunal en Pleno, por 3 años.

Conoce del recurso de inconstitucionalidad, del recurso de amparo (arts. 14-29 y 30.2 CE), de los conflictos de competencia Estado-CCAA y de las demás materias que le atribuyan la Constitución o las leyes orgánicas.

La reforma constitucional

La reforma ordinaria (art. 167) requiere 3/5 de cada Cámara. Si no hay acuerdo, una Comisión Mixta paritaria elabora un texto; si tampoco prospera, basta 2/3 del Congreso más mayoría absoluta del Senado. El referéndum es facultativo si lo solicita 1/10 de los miembros de cualquier Cámara en 15 días.

La reforma agravada (art. 168) afecta al Título Preliminar, la Sección 1.ª del Capítulo II del Título I o el Título II, o supone una revisión total. Exige 2/3 de cada Cámara, disolución inmediata de las Cortes, nueva aprobación por 2/3 y referéndum obligatorio. No puede iniciarse en tiempo de guerra ni durante estados de alarma, excepción o sitio.

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Así te lo pueden preguntar

¿Qué diferencia hay entre los requisitos para ser Regente y para ser tutor del Rey?

El Regente debe ser español y mayor de edad. El tutor del Rey debe ser mayor de edad y español de nacimiento. Además, el tutor no puede acumular su cargo con el de Regente, salvo que sea padre, madre o ascendiente directo del Rey. La tutela es incompatible con cualquier cargo o representación política.

¿Qué mayoría se necesita para aprobar una moción de censura y qué mayoría para la cuestión de confianza?

La moción de censura requiere mayoría absoluta del Congreso de los Diputados. La cuestión de confianza se entiende otorgada por mayoría simple. La moción la proponen al menos 35 diputados e incluye un candidato alternativo; la cuestión de confianza la plantea el propio Presidente del Gobierno.

¿Por qué el referéndum es obligatorio en la reforma agravada (art. 168) pero facultativo en la reforma ordinaria (art. 167)?

La reforma agravada protege los contenidos esenciales de la Constitución (Título Preliminar, derechos fundamentales de la Sección 1.ª y la Corona), por lo que exige la ratificación directa del pueblo mediante referéndum obligatorio. En la reforma ordinaria, el referéndum solo se convoca si lo solicita 1/10 de los miembros de cualquiera de las Cámaras en los 15 días siguientes a la aprobación por las Cortes.

¿Quién refrenda la propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno?

A diferencia del resto de actos del Rey, que son refrendados por el Presidente del Gobierno o los Ministros competentes, la propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, así como la disolución prevista en el artículo 99.5, son refrendados por el Presidente del Congreso de los Diputados (art. 64.1 CE).

SIMULACROS Y PRÁCTICA

Esto es solo un extracto. El temario completo incluye simulacros, pódcasts y herramientas interactivas.

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