Gobierno abierto, Ley 19/2013 de transparencia y Agenda 2030: claves para oposiciones
Este tema integra tres bloques con peso propio en los exámenes de gestión de la Seguridad Social: el concepto de gobierno abierto y sus principios, la Ley 19/2013 de transparencia como norma vertebradora, y la Agenda 2030 con sus 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible. Dominar las fechas de los planes de acción, la estructura de la Ley y las cifras de la Agenda marca diferencia en el tipo test.
De la burocracia al gobierno abierto: evolución de la gestión pública
La relación entre Administración y ciudadanía ha transitado por tres etapas. La forma burocrática se basaba en una relación de dominio, cultura formalista y planificación rígida. El New Public Management sustituyó el dominio por la relación de servicio, con una cultura de gestión orientada al ciudadano-cliente. La gobernanza, estadio actual, introduce el concepto de gobierno abierto: apertura, participación y colaboración, con el ciudadano como sujeto activo de derechos.
La gobernanza se define como los cauces mediante los cuales las preferencias ciudadanas se transforman en decisiones políticas efectivas. Supone una forma cooperativa de gobernar donde actores públicos y privados participan en la formulación de políticas públicas.
Concepto y principios informadores del gobierno abierto
El gobierno abierto es el conjunto de mecanismos que contribuyen a la gobernanza pública y al buen gobierno, basado en los pilares de transparencia, participación ciudadana, rendición de cuentas, colaboración e innovación, incluyendo a la ciudadanía en la toma de decisiones y en la implementación de políticas públicas.
España se incorporó a la Alianza para el Gobierno Abierto (Open Government Partnership) en 2011.
Sus cuatro principios informadores son:
Colaboración
Opera en tres niveles: con la ciudadanía, con empresas y asociaciones, y entre Administraciones Públicas. El artículo 141 de la LRJSP recoge el deber de colaboración interadministrativa. La colaboración no es unidireccional: también los ciudadanos participan a través de plataformas, redes sociales y espacios de diálogo que construyen la llamada "Sociedad-Red".
Participación
Es simultáneamente un derecho a ser parte activa en las decisiones, una obligación ciudadana de intervenir en el bien común y una filosofía de gobernar POR, PARA y CON la ciudadanía. La Ley 39/2015 (art. 133) y la Ley del Gobierno (art. 26) articulan la consulta pública previa a la elaboración de normas con rango de ley y reglamentos, recabando opinión sobre los problemas a resolver, la necesidad de la norma, sus objetivos y las posibles soluciones alternativas.
Transparencia
Conjunto de normas por las cuales los sujetos obligados ponen a disposición de los solicitantes la información pública. Se materializa en la publicidad activa y en el derecho de acceso a la información pública. Su norma fundamental es la Ley 19/2013.
Rendición de cuentas
Proceso por el que los ciudadanos vigilan y evalúan la actuación de los servidores públicos mediante transparencia y fiscalización. Equivale al concepto anglosajón de accountability. Se canaliza a través del Portal de la Transparencia, donde se incorpora la actividad del Gobierno y la Administración.
Planes de acción de España
España ha aprobado cuatro planes de gobierno abierto:
- I Plan (2011): 13 compromisos. Resultó en la aprobación de la Ley 19/2013 y la reforma de la Ley de Subvenciones. Objetivos: integridad pública, gestión eficaz de recursos y mejora de servicios públicos.
- II Plan (2014-2016): 10 compromisos. Apertura del Portal de Transparencia y control de subvenciones públicas.
- III Plan (2017-2019): potenciar participación y diálogo con la sociedad civil, cooperación interadministrativa y fortalecimiento de los cimientos del gobierno abierto.
- IV Plan (2020-2024): aprobado el 29 de octubre de 2020 con 10 compromisos para reforzar transparencia, rendición de cuentas, participación, integridad pública y formación en gobierno abierto.
Estructura de la Ley 19/2013 de transparencia
La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, consta de un Título Preliminar y tres Títulos, con 40 artículos en total.
Título I: Transparencia de la actividad pública
El artículo 2 fija el ámbito subjetivo: AGE, Comunidades Autónomas, Entidades Locales, entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, mutuas colaboradoras, Casa de Su Majestad el Rey, CGPJ, Tribunal Constitucional, Congreso, Senado, Banco de España, Defensor del Pueblo, Tribunal de Cuentas y Consejo Económico y Social. El artículo 3 extiende obligaciones a partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y entidades privadas que perciban más de 100.000 euros en ayudas públicas anuales o cuyo 40% de ingresos proceda de subvenciones (mínimo 5.000 euros).
Los artículos 5 a 11 regulan la publicidad activa: publicación periódica de información institucional, organizativa, de planificación, de relevancia jurídica y económico-presupuestaria. El artículo 10 crea el Portal de la Transparencia, dependiente del Ministerio de la Presidencia.
Los artículos 12 a 24 regulan el derecho de acceso a la información pública, definida como contenidos o documentos en cualquier formato que obren en poder de los sujetos obligados. El artículo 12 conecta este derecho con el artículo 105.b) de la Constitución. Los artículos 17 y siguientes detallan el procedimiento: solicitud, causas de inadmisión, tramitación, resolución y recursos.
Título II: Buen gobierno
Los artículos 25 y siguientes establecen principios de actuación para responsables públicos: transparencia en la gestión, dedicación al servicio público, imparcialidad e igualdad de trato. Incluye el régimen de infracciones y sanciones.
Título III: Consejo de Transparencia y Buen Gobierno
Los artículos 33 y siguientes regulan este órgano, cuya finalidad es promover la transparencia, velar por las obligaciones de publicidad, salvaguardar el derecho de acceso y garantizar las disposiciones de buen gobierno.
La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible
El antecedente directo fue la Cumbre del Milenio (septiembre de 2000), donde 189 jefes de Estado aprobaron los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
La Agenda 2030 fue adoptada por unanimidad por los 193 Estados miembros de la ONU el 25 de septiembre de 2015 y entró en vigor el 1 de enero de 2016. Contiene 17 ODS, 169 metas y 232 indicadores que abarcan las esferas económica, social y ambiental. Su propósito central: lograr un mundo donde nadie se quede atrás.
Los 17 ODS cubren desde la erradicación de la pobreza (ODS 1) y el hambre cero (ODS 2) hasta la acción por el clima (ODS 13), la paz e instituciones sólidas (ODS 16) y las alianzas para el desarrollo (ODS 17).
Implementación en España
El Consejo de Ministros aprobó el Plan de Acción para la Implementación de la Agenda 2030 en junio de 2018, orientado a diseñar una Estrategia de Desarrollo Sostenible 2020-2030. Se creó un Grupo de Alto Nivel en la Comisión Delegada para Asuntos Económicos (septiembre de 2017) y el Alto Comisionado para la Agenda 2030 mediante el Real Decreto 419/2018. El 5 de febrero de 2019 se constituyó la Comisión Mixta Congreso-Senado para la coordinación y seguimiento de la Estrategia española para los ODS.
Así te lo pueden preguntar
¿Qué entidades privadas están sujetas a las obligaciones de la Ley 19/2013 según su artículo 3?
Los partidos políticos, organizaciones sindicales y empresariales, y las entidades privadas que perciban en un año ayudas o subvenciones públicas superiores a 100.000 euros, o cuyo 40% de ingresos anuales sea de origen público siempre que alcancen un mínimo de 5.000 euros.
¿Cuántos planes de gobierno abierto ha aprobado España y en qué años?
Cuatro planes: el I Plan en 2011 (13 compromisos), el II Plan en 2014 (10 compromisos), el III Plan en 2017 y el IV Plan en 2020 (vigente hasta 2024, con 10 compromisos).
¿Cuántos ODS, metas e indicadores contiene la Agenda 2030 y cuándo fue adoptada?
La Agenda 2030 fue adoptada el 25 de septiembre de 2015 por los 193 Estados miembros de la ONU. Incorpora 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible, 169 metas y 232 indicadores, con cumplimiento previsto para 2030.
¿Cuál es la diferencia entre la consulta pública del artículo 26 de la Ley del Gobierno y la del artículo 133 de la Ley 39/2015?
Ambas regulan la consulta pública previa a la elaboración de normas. La diferencia principal está en que el artículo 133 de la Ley 39/2015 añade un cuarto aspecto a consultar: las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias, que no figura expresamente en el artículo 26 de la Ley del Gobierno.

