Cuerpo de Auxilio Judicial | Tema 24

Clases, formas y plazos de los actos de comunicación a las partes en el proceso civil y penal. Notificaciones, citaciones, emplazamientos y requerimientos según la LEC y la LECrim, con especial atención a los medios electrónicos y el sistema LexNET.

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Actos de comunicación procesal: notificaciones, citaciones, emplazamientos y requerimientos en la LEC y LECrim

Los actos de comunicación son uno de los temas más preguntados en las oposiciones al Cuerpo de Auxilio Judicial, ya que su ejecución práctica recae directamente sobre estos funcionarios. Dominar las clases, plazos, formas de realización y las particularidades del proceso penal resulta imprescindible para el examen y para el ejercicio diario de las funciones del puesto.

Clases de actos de comunicación según el art. 149 LEC

El artículo 149 de la Ley de Enjuiciamiento Civil clasifica los actos de comunicación dirigidos a las partes según su finalidad:

  • Notificaciones: dar noticia de una resolución o actuación.
  • Emplazamientos: fijar un plazo para personarse y actuar.
  • Citaciones: determinar lugar, fecha y hora para comparecer.
  • Requerimientos: ordenar una conducta o inactividad.

Existen además los mandamientos (dirigidos a registradores, notarios o funcionarios de la Administración de Justicia) y los oficios (para autoridades no judiciales), pero estos no van dirigidos a las partes.

Una diferencia clave: en notificaciones, citaciones y emplazamientos no se admite ni consigna respuesta del interesado, salvo mandato expreso. En los requerimientos sí se admite la respuesta del requerido, consignándola sucintamente en la diligencia (art. 152.5 LEC).

Destinatarios de los actos de comunicación

Según los arts. 270 LOPJ y 150 LEC, las resoluciones se notifican a todas las personas que sean parte en el proceso, a quienes puedan verse afectados por la resolución que ponga fin al procedimiento y a terceros cuando la ley lo prevea. Si la resolución fija fecha para el lanzamiento de ocupantes de una vivienda, se dará traslado a las Administraciones Públicas competentes en materia de vivienda y asistencia social.

Tiempo: plazo general y reglas especiales

La regla general (art. 151.1 LEC) establece que todas las resoluciones se notificarán en un plazo máximo de 3 días desde su fecha o publicación.

Regla especial para determinados destinatarios

Los actos dirigidos al Ministerio Fiscal, Abogacía del Estado, Letrados de las Cortes Generales y Asambleas Legislativas, Letrados de la Seguridad Social, Administraciones de CCAA o Entes Locales, y los practicados a través de los servicios de notificaciones de los Colegios de Procuradores, se tendrán por realizados el día siguiente hábil a la fecha de recepción. Si el acto se remite después de las 15:00 horas, se tiene por recibido al día siguiente hábil, y por realizado al segundo día posterior a la emisión.

Los actos mediante auxilio judicial se cumplimentarán en un plazo no superior a 20 días desde su recepción (art. 165 LEC).

Competencia: dirección y ejecución

El art. 152.1 LEC distingue dos funciones:

  • Dirección: corresponde al Letrado de la Administración de Justicia (LAJ).
  • Ejecución: corresponde a los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial (forma ordinaria) o al procurador de la parte que lo solicite.

Los funcionarios de Auxilio Judicial practicarán siempre los actos cuando los demandados no soliciten expresamente la intervención de su procurador o cuando las partes sean beneficiarias de asistencia jurídica gratuita.

Formas de realizar los actos de comunicación

Comunicación por medio de procurador

Se utiliza cuando las partes están personadas con representación procesal (art. 153 LEC). El procurador firma todas las comunicaciones, incluso sentencias. Se realizan en la sede del tribunal o en el servicio común de recepción organizado por el Colegio de Procuradores, preferentemente por medios telemáticos.

Comunicación con partes no personadas o sin procurador

El art. 155 LEC distingue según exista o no obligación de relacionarse electrónicamente. Si la parte está obligada, el acto se realiza por medios electrónicos. Para el primer emplazamiento o citación, si transcurren 3 días sin que el destinatario acceda al contenido, se procede a la entrega domiciliaria (art. 161 LEC). Si esta también fracasa, se acude a la comunicación edictal.

Si la parte no está obligada a medios electrónicos, el primer emplazamiento se practica por remisión al domicilio o en forma telemática con aceptación voluntaria del destinatario.

Comunicación mediante entrega

Se realiza en la sede judicial electrónica, en la sede del tribunal o en el domicilio del destinatario. Si este se niega a recibir la copia o a firmar, se le informa de que queda a su disposición en la oficina judicial y la comunicación produce plenos efectos. Si no se encuentra al destinatario, la copia puede entregarse en sobre cerrado a cualquier empleado, familiar o persona conviviente mayor de 14 años, o al conserje de la finca.

Comunicación edictal

Procede cuando no puede conocerse el domicilio del destinatario o no puede encontrársele (art. 164 LEC). Se practica a través del Tablón Edictal Judicial Único, publicado electrónicamente por la Agencia Estatal BOE. Las publicaciones, consultas y suscripciones de alertas son gratuitas.

Actos de comunicación en el proceso penal

La LECrim regula estos actos en el Título VII del Libro I. La dirección corresponde al LAJ y la práctica al funcionario del juzgado o tribunal. Las notificaciones, citaciones y emplazamientos pueden hacerse a los procuradores, salvo que la ley exija que se hagan personalmente al interesado o que tengan por objeto su comparecencia obligatoria (art. 182 LECrim).

Contenido de la cédula de citación penal

Incluye la expresión del órgano, la causa, los datos del citado, el objeto, lugar, día y hora, y la obligación de concurrir. La no concurrencia al primer llamamiento se sanciona con multa de 200 a 5.000 euros; tras el segundo, se apercibe de persecución por delito de obstrucción a la justicia (art. 463.1 CP).

Si el destinatario no es hallado, la cédula se entrega a un pariente, familiar o criado mayor de 14 años; si no hay nadie, a un vecino próximo. Los actos que incumplan las formalidades legales serán nulos, pero si el interesado se da por enterado y no denuncia la nulidad, la diligencia surte efectos.

Medios electrónicos y nuevas tecnologías

El art. 162 LEC exige que la comunicación electrónica garantice autenticidad, constancia fehaciente de remisión y recepción íntegras, y resguardo acreditativo. Si transcurren 3 días sin que el destinatario acceda a su contenido, la comunicación se entiende efectuada legalmente.

Durante el mes de agosto y entre el 24 de diciembre y el 6 de enero, no se practican actos de comunicación electrónicos a profesionales, salvo actuaciones urgentes.

El RD 1065/2015 prevé como canales electrónicos el sistema LexNET, la sede judicial electrónica, el Servicio Compartido de Gestión de Notificaciones Electrónicas y la Carpeta Ciudadana. Los documentos depositados en buzones virtuales LexNET son accesibles durante 60 días, tras los cuales se eliminan salvo los resguardos acreditativos.

Validez y nulidad

Un acto de comunicación es válido cuando en la diligencia consta haberse practicado en la persona, domicilio o dirección electrónica habilitada (art. 152.1 LEC). Los actos que incumplan las normas y causen indefensión serán nulos (art. 166 LEC), pero si el interesado se da por enterado y no denuncia la nulidad en su primer acto de comparecencia, la diligencia surte plenos efectos.

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Así te lo pueden preguntar

¿En qué se diferencia la responsabilidad del LAJ y la del procurador cuando incumplen las normas sobre actos de comunicación?

Al LAJ o funcionario basta con que haya actuado con malicia o negligencia causando retrasos, sin necesidad de que se produzcan daños concretos, para que sea corregido disciplinariamente; además responderá de los daños si los hay. Al procurador se le exige haber incurrido en dolo, negligencia o morosidad y haber causado perjuicio a tercero para ser responsable de daños y poder ser sancionado conforme a normas legales o estatutarias (art. 168 LEC).

¿Qué ocurre si un acto de comunicación electrónico se remite correctamente pero el destinatario no accede a su contenido?

Si transcurren 3 días sin que el destinatario acceda, se entiende la comunicación efectuada legalmente con plenos efectos (art. 162.2 LEC). Se exceptúan los actos practicados a través de los servicios de notificaciones de los Colegios de Procuradores y los casos en que el destinatario justifique que no pudo acceder por causas técnicas.

¿A quién puede entregarse la cédula en el proceso penal si el destinatario no es encontrado en su domicilio?

Según el art. 172 LECrim, se entregará a un pariente, familiar o criado mayor de 14 años que se encuentre en el domicilio. Si no hubiese nadie, se entregará a uno de los vecinos más próximos, haciéndose constar la obligación de entregarla al destinatario bajo multa.

¿Cuándo no se practican actos de comunicación electrónicos a profesionales?

No se practican durante los días del mes de agosto ni entre el 24 de diciembre y el 6 de enero (ambos inclusive), salvo que se trate de días hábiles para actuaciones urgentes (art. 162.2 LEC).

SIMULACROS Y PRÁCTICA

Esto es solo un extracto. El temario completo incluye simulacros, pódcasts y herramientas interactivas.

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